1 ago 2009

El uso de internet aumenta sobre todo en la actividad económica mercantil

Cada vez más empresas españolas envían sus cuentas anuales a través de InternetEl 11% de las empresas españolas han enviado sus cuentas, correspondientes al ejercicio fiscal 2008-2009, al registro a través de Internet. Para ello han utilizado la plataforma de gestión documental creada por el Servicio de Certificación de Registradores (SCR), según el Colegio de Registradores de la Propiedad y mercantiles.El SCR se puso en marcha en el año 2005 y en cuanto a su uso registró un crecimiento del 9%. Ha pasado de un 2%, de empresas que registraron sus libros de forma telemática en su primer año, al 11% actual. Este incremento muestra un tejido empresarial receptivo y abierto a los avances tecnológicos y permite mejorar sus relaciones con las administraciones e instituciones públicas utilizando Internet como medio.En cuanto a las Comunidades Autónomas que han llevado a cabo este servicio, Valencia es la que más envíos telemáticos ha realizado, seguida de Madrid y Barcelona. Por otro lado, Castellón es la ciudad con mayor porcentaje de penetración del registro telemático en las empresas, estando por detrás Valencia, Ciudad Real y Lleida

Los colegios o gremios que viven sin dar servicios protestan para que no le quiten el negocio.


Más de 80 Colegios Profesionales de Cataluña se unen y firman un Manifiesto para hacer frente a la Ley Ómnibus.


Más de 90 Colegios Profesionales de Cataluña se reunieron el pasado 21 de julio en la sede del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Barcelona (COACB) para debatir, tratar y analizar la afección de la Ley Ómnibus frente las respectivas corporaciones y en la sociedad. Presidentes, decanos y representantes de Colegios Profesionales se han reunido con carácter de urgencia, para realzar un manifiesto conjuntamente en defensa de la colegiación, comunicación profesional y servicios para la protección del ciudadano y el consumidor.
El objetivo primordial de este encuentro ha sido ofrecer una imagen de unidad de los Colegios Profesionales de Cataluña frente a una ley que les afecta de forma directa. Entre las conclusiones aportadas se destaca la necesidad de los Colegios Profesionales de Cataluña de poner en marcha un organismo que actúe de interlocutor con las Administraciones para llevar a cabo proyectos como éste que afectan al colectivo.
En este sentido, el presidente del COACB, Enric Enrech, recalcó la “gran variedad” de colegios profesionales que se han sumado al manifiesto, “desde abogados o enfermeros hasta aparejadores o gestores”, y criticó que la Ley Ómnibus “va en contra de la obligatoriedad de colegiación”. Enrech defendió la colegiación porque “garantiza la profesionalidad” y destacó el papel de los colegios “para formar y dar servicios a las diferentes profesiones”.
Ley Ómnibus y Colegios Profesionales
El Proyecto de Ley Ómnibus, presentado por el Gobierno el pasado 19 de junio, aglutina cambios en 47 leyes del sector servicios en España para adaptarlo a la directiva de la Unión Europea. La nueva batería de medidas, también regula la actuación de los Colegios Profesionales dejando un marco, que en algunos aspectos, es muy limitado para poder dar cobertura y protección a los consumidores. La reunión intercolegial ha sido promovida por el Colegio de Administradores de Fincas, el Colegio de Agentes Comerciales, el Colegio de APIS, el Colegio de Gestores Administrativos, el Colegio de Graduados Sociales y el Colegio de Procuradores de Tribunales (todos ellos de la Comunidad Autónoma catalana).
Firma del ManifiestoMás de 80 colegios profesionales de Cataluña han ratificado el Manifiesto común y de cohesión contra el Proyecto de ley Ómnibus, aprobado el 12 de junio, y que presentarán a las formaciones políticas como alegaciones antes del 7 de septiembre, cuando finaliza el plazo. Mediante la ratificación del Manifiesto, reclaman mantener su capacidad de orientación de honorarios, la obligatoriedad de colegiación, las cuotas de alta, los visados y certificaciones colegiales, así como no establecer límites comunes en la comunicación profesional de los diferentes Colegios.
Entre otras modificaciones del Proyecto de Ley, los Colegios también proponen la supresión del artículo 5º que modifica múltiples aspectos de la Ley de Colegios Profesionales que pueden suponer una "invasión" de las competencias que tienen transferidas las Comunidades Autónomas, como Cataluña, en materia de colegios profesionales.

El Ministro pide esfuerzos para modernizar la universidad

Gabilondo solicita un esfuerzo para la modernización de las universidades.

El ministro de Educación, Ángel Gabilondo, ha presentado, en el último Consejo de Universidades de este curso, la propuesta de Pacto Social y Político por la Educación y ha reclamado a los rectores un esfuerzo para avanzar en la modernización de las universidades. Además de invitarles a participar en el diseño de un nuevo modelo productivo en España.En este encuentro el titular de Educación también ha expuesto las iniciativas de diálogo realizadas en las últimas semanas con consejeros de educación y responsables de universidades, representantes de los agentes sociales, de asociaciones de estudiantes, de la ejecutiva de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) y de diversas coordinadoras.Gabilondo propone que para alcanzar el proyecto de Pacto de Estado Social y Político por la Educación es necesario prestar una mayor atención a la dimensión social de la universidad, a través del desarrollo de la Estrategia Universidad 2105.Por otro lado, en este Consejo de Universidades se han tratado los Informes de las comisiones de verificación de títulos universitarios y de las mejoras aportadas en los procesos de acreditación del profesorado. También se ha anunciado la creación del Observatorio Universitario de Becas, Ayudas al Estudio y Rendimiento Académico y la Orden de Ayudas para Titulados Desempleados que deseen realizar un máster oficial, además de analizar el conjunto de acciones encaminadas a adaptar las titulaciones universitarias al nuevo Espacio Europeo de Educación Superior 2009-2010.
http://www.isftic.mepsyd.es/contenidos/imagenes/nature/noticia_julio_isftic_espanol.pdf

Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la compatibilidad del trabajo y la jubilación


El Tribunal Supremo establece que los prejubilados podrán trabajar y continuar con los derechos de sus pensione.

Los trabajadores prejubilados tienen derecho a trabajar sin que esto afecte a los derechos de sus pensiones. Dos sentencias del Tribunal Supremo, una del 12 de mayo de 2009 y otra del 14 de mayo de 2008, así lo recogen. Antes de acogerse a la jubilación anticipada, establecida a los 60 años, para luego poder percibir su pensión ordinaria completa al llegar a los 65, es legítimo que se incorporen al mercado laboral. La Seguridad Social no puede considerar este acto un fraude. Para el Tribunal Supremo son desempleados con todos los derechos y deberes.
Estas sentencias carecen de correspondencia legal, aunque introducen una doctrina que en los últimos años no ha estado exenta de controversia. Por un lado, el Supremo ha reconocido que «los derechos y obligaciones del prejubilado como demandante de empleo y perceptor prestacional son los mismos que los de cualquier otro trabajador desempleado». Por otro, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, ha afirmado que pretende eliminar de las estadísticas a los trabajadores prejubilados pues según Corbacho esta es una «condición jurídica». Aunque, el concepto de prejubilación no esta regulado por ninguna ley.

Futuras categorías distintas de médicos

España podría disponer en un futuro próximo de distintas categorías de médicos.

El Ministerio de Sanidad y Política Social trabaja desde hace más de un año en un proyecto de Real Decreto para el reconocimiento profesional de títulos de especialistas médicos obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea. El objetivo que se marca la Administración es el de otorgar los mismos derechos y obligaciones profesionales que el título de especialista obtenido en nuestro país y como reza el proyecto "será requisito imprescindible para el ejercicio, por cuenta propia o ajena, de la profesión de especialista de que se trate en España". De ahí, que un aspecto destacado de este procedimiento sea la ineludible comparación entre la formación adquirida en el país de origen y la que otorga el programa español de la especialidad de que se trate.
De acuerdo con el período de alegaciones concedido por el Ministerio de Sanidad y Política Social, la Organización Médica Colegial ha emitido un informe en el que, en líneas generales, se saca la conclusión de que "a través de este proyecto de R.D. no se exige una equivalencia total ni una idéntica correspondencia cuantitativa y cualitativa entre los títulos extranjeros y españoles, o entre las dos formaciones".
De la carencia de dicha correspondencia para determinar el grado de equivalencia formativa da fe el dato de que se va a exigir un tope máximo de tiempo de tres y nueve meses para períodos de ejercicio profesional en prácticas y de formación complementaria, respectivamente, con lo cual se exigiría una formación total de 12 meses, que no puede identificarse con una equivalencia total con la española. Con ello, en opinión de esta Organización, cabe el riesgo de que a corto plazo se vayan generando distintas categorías de médicos.
Los médicos opinan
Desde la OMC se piensa que la motivación principal del Ministerio para la realización de este proyecto de normativa no es otra que "dar una solución de emergencia al problema del incumplimiento de la legalidad vigente que las CC.AA., a través de las gerencias de los servicios de salud, vienen realizando desde hace años en la contratación de médicos sin la titulación legalmente necesaria".
Como refleja la Organización en su informe de alegaciones, con este R.D. tampoco queda resuelto uno de los principales núcleos del problema, que radica en la homologación de los títulos de licenciatura en Medicina (título de grado) obtenida en países extra comunitarios. Ésta es, a su juicio, la base por la que miles de profesionales no comunitarios están siendo contratados por los Servicios Autonómicos de Salud, y constituye, en su opinión, el verdadero foco del deterioro de la calidad del sistema.
Desde la OMC se impulsa una idea asistida por la lógica tal cual, que es que, antes de contratar a cualquier médico que llega a nuestro país y dice ser médico especialista, habrá que objetivar sus conocimientos formativos, competenciales, académicos, científicos e idiomáticos. Los Colegios de Médicos deben defender el ejercicio profesional del médico y sus valores, así como los derechos de los pacientes. La prestación de servicios debe garantizarse en el marco de un respeto estricto de la salud y seguridad públicas y de la protección del consumidor (Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo).
Sugerencias de la OMC
La Corporación Médica exige que la nueva normativa respete tanto la duración mínima de los estudios de Medicina que, por exigencia europea, son de 5.500 horas de formación teórica y práctica o 6 años de estudios, así como las características básicas de la profesión de médico.
También queda sin resolver la problemática del colectivo “MESTO” (Médicos Especialistas formados en España, sin Título Oficial), partiendo de que las Autonomías han reconocido una bolsa de 2.000 de estos profesionales ejerciendo irregularmente. Por tanto, este R.D. podría suponer una “excelente oportunidad para solventar de un modo definitivo la situación de dichos profesionales”, usando de referencia el RD 1497/99.
Otro de los aspectos realmente preocupantes para la OMC es el relativo al Comité de Expertos encargado de un conjunto de labores encaminadas al reconocimiento profesional objeto de este Real Decreto. Por una parte, se le atribuye la función de evaluar si existe o no equivalencia entre las dos formaciones, pero "resulta que dicho Comité no está formado, porque no lo exige la norma, por quienes están en presencia del correspondiente título de especialista". Además, se prescinde de las Comisiones Nacionales de las Especialidades, a sabiendas de que los realmente capacitados para evaluar formación en las distintas especialidades son los propios especialistas y no otros distintos, de hecho así lo dispone expresamente la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias (LOPS).
En definitiva, la OMC ha decidido rechazar el texto en su conjunto e instar al Ministerio de Sanidad y Política Social a presentar uno nuevo "en el que se le dé el protagonismo que la Ley otorga a los Colegios Profesionales en relación al control del contenido de formación y académicos que tienen los títulos universitarios de los médicos que los han obtenido en países extracomunitarios, los cuales son la base para la homologación del ejercicio profesional que se pretende".
Si bien la posición del Ministerio de Sanidad y Política Social es difícil respeto a esta situación, la Organización Médica Colegial ofrece su colaboración para realizar un cambio consensuado, es decir, una "solución participada" en la legislación, primando ante todo el mantenimiento de la calidad tanto del proceder de los profesionales como de la asistencia que ofrecen a los ciudadanos. Fuente: medicosypacientes.com

Los profesionales sanitarios estamos en contra del registro público, el TSJA dio la razón

No nos llegaban los colegios profesionales que ahora a los profesionales sanitarios nos quieren colocar un registro obligatorio administrativo, como profesional sanitario estoy en contra y además contradice la normativa Europea y la que se trata de implantar en España en breve que reforma infinidad de normas administrativas y los colegios profesionales.
Médicos andaluces apoyan la suspensión cautelar del decreto de registro de profesionales sanitarios.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que suspende preventivamente algunas medidas del decreto de la Conserjería de Salud sobre la creación de un registro de profesionales sanitarios, cuenta con el total apoyo del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos. Su secretario general, Carlos González-Villardel, ha apuntado que una de las razones por las que no suscriben el decreto del Gobierno andaluz es porque la Ley de Ordenación de la Profesiones Sanitarias (LOPS) «nos confiere la potestad de que los registros los tengamos los colegios profesionales, que además tenemos la función de poder sancionar a aquellos que no cumplan con la ética y la deontología, algo que la administración no puede ejercer».
González-Villardel ha señalado que «como corporaciones de derecho público, somos un brazo más de la ley, con poder sancionador contra aquellos médicos que no cumplen con los requisitos éticos y deontológicos de la profesión» y ha censurado, en declaraciones a Europa Press, que «desde la Administración andaluza no se fíen de que tengamos los registros de nuestros médicos y prefieran aprobar un decreto autonómico, de algo además que ya está legislado a nivel nacional y relegando con ello a un papel secundario la ética y la deontología». Los médicos, se suman así a los enfermeros, contrarios también al citado decreto.